Qué es el Registro Salarial Obligatorio

En los últimos meses se ha ha oído hablar mucho sobre el Registro Salarial Obligatorio para todas las empresas. También conocido como Registro Retributivo, hace referencia al documento en el que las empresas reflejan los salarios de sus empleados, diferenciando entre hombres y mujeres. El origen legislativo del registro retributivo reside en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores así como también en los artículos 5 y 6 del Real Decreto 902/2020.
¿Qué es un registro salarial o registro retributivo?
El registro salarial es un documento con el que deben contar todas las empresas y en el que debe quedar reflejado el salario de cada uno de sus empleados, clasificado por grupos profesionales, edad y por supuesto, por género.
De este modo, cada empresa lleva un control de toda la información salarial y, además, puede ver y analizar las posibles desigualdades en los salarios percibidos por hombres y mujeres dentro de su organización.
¿Qué dice el Real Decreto 902/2020?
El Real Decreto 902/2020 también conocido como Ley de Igualdad Distributiva 2021 es una normativa planteada para que se garantice un acceso equitativo de hombres y mujeres en nuestro país a similares puestos de trabajo. De este modo, se pretende terminar con la brecha salarial por sexos.
Cada empresa debe contar con un registro de nóminas por género para así poder evaluar si realmente existe dicha brecha salarial. Y de ser así, buscar los mecanismos para que esto no suceda.
Para conocer detalladamente el contenido de esta normativa, se puede consultar el BOE donde se recogen todos sus pormenores, así como su fecha de entrada en vigor, el 14 de abril de 2021.
¿Quién realiza y controla el nuevo registro salarial?
Se considera que la persona encargada de realizar el registro salarial debe ser un Agente de Igualdad, una persona con formación específica en materia de igualdad y capaz de llevar a cabo políticas de igualdad en las empresas con las que trabaje.
La incorporación de esta figura en una empresa permitirá a los responsables de la misma contar con un perfil especialista que será capaz de implantar acciones que promuevan la igualdad laboral entre hombres y mujeres, analizar si los resultados obtenidos con el registro salarial arrojan diferencias por causa de género, y plantear, si fuera necesario, soluciones que reconduzcan situaciones anómalas producidas por esta desigualdad.
¿Quiénes están obligados a realizar el registro salarial?
La ley dice, según queda recogido en el apartado 2 del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, que el registro salarial es obligatorio para todas las empresas radicadas y/o que operen en España. Independientemente del número de trabajadores y tamaño de la empresa, debe existir un registro retributivo donde queden registrados “los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla” diferenciados por sexo.
Cada cuánto tiempo hay que hacer el registro salarial
El registro salarial debe realizarse una vez al año y debe recoger un análisis exhaustivo de los aspectos comentados anteriormente, en particular en relación con la retribución por género, detectando cualquier tipo de anomalía y tomando las medidas oportunas para corregirla. Así queda establecido en la normativa vigente.
Qué debe incluir el registro salarial
Aunque se puede hacer un repaso mucho más exhaustivo de lo que debe contener un registro retributivo, en líneas generales, hay tres aspectos esenciales que debe recoger dicho documento.
Estos tres elementos, relacionados con los diferentes complementos que componen una nómina, son:
- Los valores salariales medios
- Los valores promedio de los complementos salariales
- Los valores medios de las percepciones extrasalariales
Sin embargo, también deben tenerse en cuenta para realizar un correcto registro salarial otros aspectos como la situación familiar de cada trabajador, el número de hijos menores de edad o las reducciones de jornada por motivos de conciliación.
Sanciones si no se cumple el registro salarial
El incumplimiento de contar con un registro salarial actualizado y anual por parte de cada empresa es considerado una infracción grave penada con multas que pueden oscilar entre los 751 y los 7.500 euros. Pero, además, puede suponer para la empresa la pérdida de subvenciones y otros tipos de ayudas ya concedidas por la aplicación de los diferentes programas de empleo promovidos por el Ministerio de Trabajo.